El canal de presentación de la solicitud será:
Telemática con certificación digital. Esta presentación se realizará, una vez completado el documento, en el Registro Electrónico Tributario previsto en la Orden de 17/12/2014, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el Registro Electrónico Tributario.
Tenga en cuenta que para efectuar la presentación telemática, el interesado o su representante deberán firmar electrónicamente el formulario.