El interesado que cursa la solicitud debe cumplir la condición de ser obligado tributario en relación con la declaración de los impuestos referidos en el apartado (D) (según el artículo 69 del Reglamento de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio). Deberá seleccionar el caso de que se trate: Adquirente, Heredero o Donatario