De
acuerdo con el art. 27 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria, en caso de que el pago de la autoliquidación de un tributo se
produzca fuera del plazo correspondiente, el obligado tributario deberá
satisfacer una prestación accesoria consistente en un porcentaje del
importe a ingresar de la autoliquidación, la fecha de
presentación prevista es de introducción obligatoria, y el mismo
asistente calculará la fecha de fin de plazo, pudiendo introducirse de
forma opcional.
Los
siguientes datos deberán ser cumplimentados en la propia
autoliquidación, no se podrán cumplimentar en este asistente.
Fecha
de devengo
Código
territorial
Importe
de la cuota
Los
siguientes datos serán calculados de forma automática, no se
podrán cumplimentar en este asistente.
Porcentaje
del recargo reducido y el importe
Intereses
Total a pagar
CUMPLIMENTACIÓN
Una
vez introducida la fecha de presentación prevista, se pulsará en
primer lugar el botón calcular, procediendo a realizar el cálculo
para los datos mostrados, una vez se ha finalizado el cálculo se
mostrará dicha información en los recuadros. En este punto si al
pulsar el botón incorporar se pasarán los datos mostrados a la
autoliquidación de forma automática, abandonando también
el asistente. Si por el contrario pulsamos el botón salir el sistema no
incorporará dato alguno a la autoliquidación,
aunque se haya producido un cálculo previo.