(3) Devengo
Año: se consignarán los cuatro dígitos del año natural a que se refiere la autoliquidación.
Período: se consignará 1T, 2T, 3T o 4T según el trimestre correspondiente al pago fraccionado que se efectúa. Cada trimestre se autoliquidará en un impreso diferente, salvo en los siguientes casos, referidos a máquinas de nueva autorización sin sustitución:
- En el caso de máquinas autorizadas desde el 1 de julio del ejercicio corriente, se consignará 2S y el importe íntegro del 50 por ciento de la cuota anual se autoliquidará en un solo impreso.
- En el caso de máquinas autorizadas hasta el 30 de junio con algún trimestre vencido en el momento de su autorización, se autoliquidarán en el mismo impreso los trimestres vencidos y el corriente, consignando los siguientes periodos:
CUMPLIMENTACIÓN:
Deberá cumplimentar de forma obligatoria los siguientes datos: Oficina liquidadora y periodo de devengo .
La cumplimentación de la oficina liquidadora se realizará seleccionado una de las mostradas, también se podrá seleccionar pulsando la primera letra de la oficina liquidadora y pulsando posteriormente la tecla enter.
Se cumplimentará seleccionado de la lista desplegable el período correspondiente.
NOTA: Los campos sombreados son de cumplimentación automática, por lo que no deberá cumplimentarse